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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2011-R

    Fecha: 07-Abr-2011

    II.4.

    II.4.  El 2 de diciembre de 2008, el poderdante con la intervención del Notario de Fe Pública, realizó inventario de los predios en conflicto, donde se evidenció la existencia de 8 ½ ha de áreas cultivables; de los mismos 2 ha se encontraron con sembradíos de maíz, 6 ha de terrenos preparados para la siembra (arado y ramplado) de los cuales el 80% fueron sembrados por terceras personas, sin autorización del propietario (fs. 19 y vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 15
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
    • b) Cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
    • III.2. Excepción a la subsidiariedad por medidas de hecho y sub reglas de aplicación
    • El o los derechos cuya tutela se pide, deben estar acreditados en su titularidad, es decir, no se puede invocar derechos controvertidos o que estén en disputa, atendiendo claro está, a la naturaleza de los mismos
    • III.3. Análisis del caso de autos
    • denegado
    • APROBAR

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