SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

II.3.

II.3.  En la audiencia de medidas cautelares de 22 de mayo de 2009, el abogado del accionante, denuncio la falta de notificación “para concurrir a estrados y que la diligencia sentada de esta actuación adolecería de fallas al extremo de no haberse incluso identificado al testigo de actuación” (sic), refiriendo; asimismo, que en el cuaderno de actuaciones existen contradicciones flagrantes sobre el hecho denunciado, y que no existen los riesgos procesales referidos por la Defensoría (fs. 11 a 13); el Juez de la causa mediante Resolución 197/2009 de 22 de mayo, dispuso la detención preventiva del imputado, ahora accionante, argumentando la probabilidad de que éste sea autor del delito que se le imputa, en cuanto a los riesgos procesales señaló que el imputado fue citado por el Ministerio Público; empero, no se presentó por lo que se tuvo que expedir mandamiento de aprehensión, y que después del hecho perpetrado siguió acosando a la víctima con llamadas telefónicas, obtenidas por medio de un requerimiento fiscal y respaldado por el informe psicológico (fs. 7 a 9).