SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0385/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

no constituyen la causa directa para la privación del derecho a la libertad del accionante,

La jurisprudencia expuesta precedentemente, es aplicable al caso concreto, por cuanto la privación de la libertad física del accionante es consecuencia de la medida cautelar de detención preventiva impuesta en su contra dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, concluyéndose que las denuncias sobre los supuestos defectos o irregularidades existentes en el proceso, como el hecho de no haber sido notificado personalmente con la imputación formal, lo que le habría impedido preparar su defensa; la no identificación del testigo de actuación; la falta de fundamentación en la solicitud de aplicación de medidas cautelares presentada por la Defensoría; y el no haberse resuelto la objeción a la querella antes de la audiencia de medidas cautelares; no constituyen la causa directa para la privación del derecho a la libertad del accionante, por ende los actos denunciados que originarían un supuesto procesamiento ilegal no pueden ser objeto de análisis a través de la presente acción tutelar, dada su naturaleza y alcance.