SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0411/2011-R
Fecha: 14-Abr-2011
a)
Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia, se disponga: a) La inmediata reparación de los defectos legales y el cese de la persecución indebida; b) Se emita nuevo auto supremo de consideración de la excepción de extinción de la acción penal que cumpla las normas legales y constitucionales aplicables, así como las previstas en tratados internacionales; y, c) Se deje sin efecto cualquier orden o mandamiento que se hubiese emitido en su contra.
a) La Convención Interamericana Contra la Corrupción, en su art. I establece que se entiende por “función pública”, “…toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos”, siendo en consecuencia funcionario público, conforme al mencionado artículo “'Oficial Gubernamental'” o “servidor público”; cualquier funcionario o empleado del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles jerárquicos”.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- a)
- 1)
- b)
- c)
- d)
- e)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. La acción de libertad, las lesiones al debido proceso y el caso concreto
- en forma concurrente