SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0411/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0411/2011-R

Fecha: 14-Abr-2011

d)

d)  A tiempo de emitir el Auto Supremo impugnado, no podían ingresar a considerar aspectos referidos al fondo de las imputaciones, tales como determinar la existencia o inexistencia real del daño económico o su cuantificación, por cuanto, esos aspectos se encontraban vinculados directamente con la comprobación de los elementos constitutivos de los tipos penales imputados; consiguientemente, relacionados directamente con el fondo de la causa. Haberlo hecho implicaba pronunciamiento previo respecto al fondo de la causa, aspecto que hubiere motivado su recusación.