SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
El Fiscal de Materia, Leopoldo Ramos, citado como tercero interesado por el Tribunal de garantías, expresó en audiencia que, no se informó debidamente el inicio de las investigaciones en el presente caso, siendo que si bien se debió realizar dicho acto en el término de veinticuatro horas, la denuncia se recibió en mayo y se informó en octubre; motivo por el que correctamente se determinó la nulidad de obrados y la reposición de las investigaciones. Cumplido ello, se imputó formalmente a Herland Ricardo Eid Rivero, pese a su legal notificación no se presento en audiencia, mientras se tramitaba la apelación en la Sala Penal Segunda; por lo que al haberse cumplido la reposición de investigaciones sin control jurisdiccional, impetra dejar subsistente la imputación.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concediendo
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- 1º REVOCAR
- 2° Dimensionar los efectos de la presente Sentencia