Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0456/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
II.3.
II.3. Apelada la Resolución antes mencionada por el representado del accionante (fs. 14 a 15); la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de ese Distrito Judicial, pronunció el Auto de Vista 172/2008 de 25 de agosto, reponiendo actuados procesales hasta la Resolución 44/08, inclusive, para que la Jueza dicte nueva resolución acomodando su actuación a la pretensión expresada en el memorial de “8” de enero del citado año (fs. 22 y vta.). Por otra parte, el 15 de febrero de 2008, repuestas las actuaciones anuladas en cumplimiento a lo ordenado por la autoridad jurisdiccional, se imputó formalmente a Herlán Ricardo Eid Rivero, por la presunta comisión del delito de amenazas (fs. 16 a 21 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concediendo
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- 1º REVOCAR
- 2° Dimensionar los efectos de la presente Sentencia