Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0486/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010 que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 47 de 29 de mayo de 2009, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Ámbito de protección de la ahora acción de amparo constitucional
- III.2.1. Respecto a la conversión de acciones
- 3) la conversión será autorizada por el Juez de la instrucción.
- III.3.1. La Resolución que dispone la conversión de acciones, no es susceptible de revisión y/o nulidad mediante el incidente de actividad procesal defectuosa
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