Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0508/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
II.4.
II.4. A través del Auto Interlocutorio Definitivo 23/2009 de 9 de abril, la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, declaró ilegal la compulsa que presentó el ahora accionante, ante la negativa de la Jueza Agraria de Bermejo de conceder el recurso de casación que planteó contra el Auto de 10 de febrero de 2009, que le denegó su solicitud de dejar en suspenso la ejecución de la sentencia hasta que se resuelva el proceso de saneamiento en todas sus instancias; asimismo, se dispuso la prosecución y el pronunciamiento de las providencias que correspondan en la etapa de ejecución de Sentencia (fs. 31 a 32 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y Garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional debe ser interpuesta contra autoridades de última instancia
- III.2. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.3. Análisis del caso de autos
- denegado
- APROBAR