Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
III.1. Sobre el derecho al debido proceso
Considerando los criterios de la doctrina, en su jurisprudencia este Tribunal ha señalado que el debido proceso consiste en "…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (…) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos" (SSCC 0418/2000-R, 1276/2001-R y 0119/2003-R, entre otras).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.2. Sobre el derecho a la defensa
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo
- III.5. Análisis del caso de autos
- encontrándose la resolución impugnada plenamente ejecutoriada en virtud de existir pronunciamiento expreso de la Corte Suprema, respecto al recurso de Casación, no corresponde tramitar un nuevo recurso por el mismo motivo
- APROBAR