SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0534/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0534/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

i)

La Resolución se basó en los siguientes argumentos: i) Los únicos intervinientes en las comunicaciones de inhabilitación del accionante, fueron los codemandados Enrique Casanova Salinas y María Esther Carrazana de Bleichner; ii) No existe en el caso de autos, un proceso penal propiamente dicho, menos una sentencia ejecutoriada que impida con causa justa al impetrante de tutela, terciar en las elecciones de COSETT Ltda.; iii) Sólo la sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal tiene efectos administrativos; iv) La presunción de inocencia y el debido proceso, son aplicables a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas; estableciendo la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su art. 8.2, que toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad; previsión que se halla garantizada por el art. 116 de la Ley Fundamental, siendo aplicables igualmente los arts. 115 y 117 de dicha norma suprema, relativas al debido proceso siendo que ninguna persona puede ser condenada sin antes haber sido oída.