SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0534/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0534/2011-R

Fecha: 29-Abr-2011

III.1. De la falta de legitimación pasiva de los Vocales codemandados del Comité de Nominaciones de COSETT Ltda.

         En relación a la legitimación pasiva, este Tribunal, ha dejado establecido que debe ser entendida como la coincidencia que se da entre la autoridad o particular que presuntamente causó la lesión de los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción; de lo que se infiere que, para que proceda la tutela otorgada por la acción de amparo constitucional, es imprescindible que sea dirigida contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida; es decir, el agraviante del supuesto acto denunciado.

         En el caso de autos, se observa que las notas que el accionante acusa de ilegales, al haber determinado la inhabilitación de su postulación al Consejo de Administración de COSETT Ltda., y, la confirmación de dicha determinación; fueron firmadas, la primera, por el Presidente y la Vicepresidenta del Comité de Nominaciones, Enrique Casanova Salinas y Mary Esther Carrazana de Bleichner; y la segunda, únicamente por el Presidente. Sin que se advierta la participación de los demás Vocales de dicha instancia, quienes por ende, carecen de legitimación pasiva para ser demandados; por lo que respecto a éstos, concierne denegar la tutela impetrada.