Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0534/2011-R
Fecha: 29-Abr-2011
II.7.
II.7. El 23 de julio de 2008, el accionante impetró el rechazo de denuncia y consiguiente archivo de obrados, señalando que su persona se había abstenido a la adjudicación del software por una empresa argentina cuando era miembro del Consejo de Administración, existiendo constancia escrita de ello; por lo que no existía relación alguna entre el resultado y la acción asumida de su parte, no estando su conducta subsumida en ningún delito (fs. 9 a 10).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concediendo
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la falta de legitimación pasiva de los Vocales codemandados del Comité de Nominaciones de COSETT Ltda.
- Fragmento 17
- III.2. Marco normativo aplicable al caso de análisis
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- sindicación
- III.4. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- Fragmento 23