Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0583/2011-R
Fecha: 03-May-2011
I.1.2
La accionante por su representado, denuncia como vulnerados los derechos a la libertad física o de locomoción, al debido proceso en su elemento del derecho a un proceso sin dilaciones, a la celeridad procesal en la cesación solicitada y al juez natural, previstos por los arts. 22 , y 23.I y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1
- I.1.2
- i)
- ”improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- conceder
- ”improcedencia”
- 2º Disponer