Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0583/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.5.
II.5. La Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, emitió la Resolución de 15 de septiembre de 2009, por la cual declinó competencia en razón del territorio, argumentando que los hechos denunciados ocurrieron en la localidad de La Guardia, disponiendo se oficie a la Corte Superior de Distrito, a fin que se remita la causa al Juzgado Mixto de Instrucción de dicha localidad (fs. 22 y vta.).
- I.1.1
- I.1.2
- i)
- ”improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- conceder
- ”improcedencia”
- 2º Disponer