SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2011-R
Fecha: 03-May-2011
i)
Por su parte, Omar Rodolfo Dorado Severiche, en su informe cursante de fs. 364 señaló: i) Asumió funciones como Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial el 1 de marzo de 2008, tomando conocimiento del proceso ejecutivo seguido por Marlene Galeb Abdar contra Simón Kuzmin Martuchev, asumiendo y dictando la Resolución de 17 de marzo de 2008, que fue por primera vez y conforme a los antecedentes del proceso que fue remitido por recusación; ii) Las actuaciones fueron sustanciadas conforme a procedimiento, en particular el Auto 146/08 de 17 de marzo de 2008, sin dar lugar a la reposición interpuesta contra el Auto de 5 de noviembre de 2007 y simultáneamente concediendo el recurso de apelación en el efecto devolutivo, desvirtuando cualquier restricción al debido proceso o inobservancia de las leyes de la República y menos haber procedido a la comisión de actos ilegales o indebidos que atenten contra el derecho a la defensa, igualdad de partes y seguridad jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- Fragmento 8
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por otra, también podrá proceder conforme al art. 848 CC, previa verificación de las circunstancias estipuladas en el art. 849 CC,
- Art. 849 del CC (Deterioros, pérdida, aviso).
- III.2. Análisis del caso concreto
- o proceder conforme al art. 848 CC
- APROBAR