SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0588/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera lesionado su derecho a la “seguridad jurídica” y aplicación objetiva de la ley, al debido proceso y a la igualdad, en vista de que el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial le conminó a exhibir el bien dado en calidad de depósito en previsión al art. 161 del CPC, dentro la demanda ejecutiva que sigue contra Simón Kusmin Martuchev; empero, aduce haber dado dentro las veinticuatro horas conocimiento del robo de dicho bien, ante el Corregidor de Palometas de la provincia Sara; sin embargo, ilegalmente el Juez de la causa dicta el auto 1028/2007 de 5 de noviembre, conminando a la presentación del tractor bajo prevención de apremio, confirmado por la Sala Civil Primera por autos 382/2008 de 22 de agosto y Auto Complementario 103/2008 de 6 de septiembre. Corresponde analizar en revisión, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- Fragmento 8
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por otra, también podrá proceder conforme al art. 848 CC, previa verificación de las circunstancias estipuladas en el art. 849 CC,
- Art. 849 del CC (Deterioros, pérdida, aviso).
- III.2. Análisis del caso concreto
- o proceder conforme al art. 848 CC
- APROBAR