SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0595/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0595/2011-R

Fecha: 03-May-2011

III.3. De la importancia de la demanda y del petitum, además del análisis del caso

En el caso específico, la accionante, de manera confusa hace una relación de los hechos, existiendo imprecisiones e incongruencias en el memorial de demanda; por otra parte, omite especificar aspectos muy importantes que hacen al proceso. Es a través de los informes de los Ministros demandados como del tercero interesado, que la presente acción, tomó alguna coherencia, siendo en su momento también observado por los mismos, la falta de precisión y claridad de la demanda; por ejemplo, el informe del Presidente de la Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia señala: “Lejos de exponer con precisión y claridad los hechos que sirven de fundamento de la acción, la recurrente realizó una relación desordenada de la presunta vulneración” (sic) (fs. 68 vta.). De la misma forma, el tercero interesado, señala en su informe que:“…en primer lugar, la recurrente no precisa de manera clara en qué punto los Ministros de la Corte Suprema, vulneraron su derecho a la seguridad jurídica, derecho al debido proceso y el derecho a al defensa” (sic)”.