Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0624/2011-R
Fecha: 03-May-2011
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Dada la carga procesal, mediante la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, se ampliaron las facultades otorgadas a este Tribunal a través de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, a objeto de conocer y resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales, presentadas a partir del 7 de febrero de 2009; es decir, bajo el nuevo orden constitucional; por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación del sorteo de causas.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- SC 0099/2010-R
- toda vez que existe un mecanismo específico para su resguardo cual es el recurso directo de nulidad
- recurso de revocatoria
- III.3.2. Sobre el fundamento de que las autoridades demandadas al adoptar las determinaciones cuestionadas hubiesen vulnerado el art. 122 de la CPE
- Fragmento 19
- concedido
- REVOCAR