Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0652/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, señaló que las autoridades demandadas, lesionaron su derecho a la seguridad jurídica y garantía del debido proceso, al no haber sido considerado su recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad que presentó oportunamente y antes de que se dicte el Auto de Vista 173/2009, no dieron aplicación a lo previsto por el art. 61 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC). En revisión corresponde verificar los hechos denunciados para establecer si corresponde o no otorgar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. El decreto de autos y sus efectos
- - ahora art. 74 LOJ.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. De la presentación y consideración del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.
- autos
- III.3.
- REVOCAR