SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2011-R
Fecha: 16-May-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
En proceso penal que sigue en su contra el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, a querella de Efraín Arancibia Mamani, en representación de Ruth Cabrera Méndez, sin haber sido notificado con ninguna actuación procesal conforme previene el art. 163 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el Fiscal demandado, haciendo caso omiso de los presupuestos que configuran la legalidad material de la aprehensión previstos en el art. 226 del mismo Código, que establece la concurrencia simultánea de requisitos para disponer la aprehensión; el 3 de noviembre de 2009, emitió mandamiento de aprehensión en su contra, ejecutado a horas 22:30 del 3 de diciembre de igual año, provocando que la restricción a su derecho a la libertad se torne en arbitraria e ilegal, dado que no consideró que la pena mínima de los delitos por los cuales lo imputó es de un año.
En audiencia de consideración de medidas cautelares, su abogado denunció ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, la ilegalidad de su aprehensión; empero, la autoridad no se pronunció al respecto, cuando tenía la obligación de resolver sobre la legalidad de la misma antes de resolver la medida cautelar, resguardando el respeto de sus derechos al tenor de los arts. 54 inc.1) y 279 del CPP y SC 1694/2005-R de 19 de diciembre. Citó las SSCC 0957/2004-R, 1969/2004-R y 0452/2006-R.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso y su tutela a través de la acción de libertad
- III.3. Aprehensión practicada en cumplimiento de las formalidades prescritas por el art. 224 del CPP
- 1. Con relación al procesamiento ilegal o indebido
- 2. Terminología utilizada en la parte dispositiva