Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2011-R
Fecha: 16-May-2011
II.4.
II.4. En memorial de acción de libertad, Miguel Ángel Gumiel Bellido, expresó que durante la tramitación del proceso, no fue citado con ningún actuado procesal, omisión que le ocasionó indefensión; empero, en audiencia no se opuso al informe de las autoridades demandadas al respecto (fs. 11 a 12 vta.; y 20 a 23).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso y su tutela a través de la acción de libertad
- III.3. Aprehensión practicada en cumplimiento de las formalidades prescritas por el art. 224 del CPP
- 1. Con relación al procesamiento ilegal o indebido
- 2. Terminología utilizada en la parte dispositiva