Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2011-R
Fecha: 16-May-2011
III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
Por previsión constitucional, se constituye en un medio de defensa de carácter jurisdiccional, oportuno y eficaz, conservando sus características de sumariedad, inmediatez, informalismo, generalidad e inmediación en su interposición y cuya finalidad es proteger la vida, la libertad física y locomoción. La activación de su tutela se produce sólo cuando exista persecución, detención o procesamiento ilegal o indebido perpetrado por funcionarios públicos o particulares.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El debido proceso y su tutela a través de la acción de libertad
- III.3. Aprehensión practicada en cumplimiento de las formalidades prescritas por el art. 224 del CPP
- 1. Con relación al procesamiento ilegal o indebido
- 2. Terminología utilizada en la parte dispositiva