Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0749/2011-R
Fecha: 20-May-2011
concedido
Por lo precedentemente señalado, el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción de amparo constitucional, por lo que el Juez de garantías al haberla concedido, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni aplicado debidamente los alcances de esta acción tutelar.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Con relación al principio de inmediatez que rige a la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- que el 28 de mayo de 2007, el representado del accionante ya tenía conocimiento de los supuestos actos ilegales ahora denunciados,
- concedido
- REVOCAR