SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0749/2011-R
Fecha: 20-May-2011
Fragmento 16
De la revisión de la demanda y especialmente de la petición, se tiene que el representado del accionante pretende que a través de esta acción tutelar se de por aceptado el retiro de la acusación pública y la nulidad de la radicatoria de la acusación penal privada, argumentando que el Juez demandado pretende aperturar un proceso penal en su contra con defectos absolutos, por cuanto decidió correr en traslado su solicitud de corrección de procedimiento, cuando ya no existían partes procesales, pues al retirar la acusación el Ministerio Público ya no es parte en el proceso, por lo que es incorrecto que el retiro de este acto conclusivo sea resuelto en audiencia de juicio oral; asimismo, al tener por presentada la acusación particular, no verificó que la víctima jamás presentó querella antes de la acusación.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Con relación al principio de inmediatez que rige a la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- que el 28 de mayo de 2007, el representado del accionante ya tenía conocimiento de los supuestos actos ilegales ahora denunciados,
- concedido
- REVOCAR