Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 594/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de Elsa Simona Averanga de Casas, contra Rubén Carlos Quintanilla Quisbert, Juan Carlitos Laura Laura, Roger Guido Sarzuri Choque, Gladis Sarzuri Choque, Henry Zanga Choque y Celia Casas Soliz -esta última accionante- por la presunta comisión de los delitos de robo agravado, allanamiento de domicilio o sus dependencias y atentado contra la libertad de trabajo, la accionante formuló recusación contra el Juez Primero de Instrucción Cautelar en lo Penal de la ciudad de El Alto el 18 de septiembre de 2009 (fs. 88 a 90).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- sólo se puede tutelar la garantía del debido proceso cuando el acto lesivo sea la causa directa para la restricción del derecho a la libertad y exista estado absoluto de indefensión;
- se presenten en forma concurrente
- III.2. Análisis del caso de Autos
- de producción
- la indefensión absoluta y manifiesta
- 2º