SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

Fragmento 29

En definitiva, al existir las vías ordinarias para "reparar", un supuesto error en el accionar de la autoridad demandada como emergencia de una eventual falta o defectuosa valoración o consideración de los justificativos que mediaron para dejar de asistir a la audiencia y luego de ello no haber acudido a la vía ordinaria agotando los recursos respectivos, corresponde denegar la presente acción de defensa.