SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

"procedente en parte"

La Sala Penal Tercera del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías por Resolución 17/2010 de 8 de marzo, cursante de fs. 12 a 13, de obrados, declaró "procedente en parte" la acción de libertad, disponiendo que el Juez, notifique a las partes con la audiencia señalada y deje en suspenso el mandamiento de aprehensión en caso de existir, "negándose la tutela" en cuanto a la solicitud de que realice un nuevo señalamiento. Con el fundamento de que: i) Habiéndose señalado audiencia para considerar la aplicación de medidas cautelares en reiteradas oportunidades, las mismas fueron suspendidas a causa esencialmente del querellante; ii) No obstante de haberse dispuesto su aprehensión, el Código de Procedimiento Penal (CPP) prevé que el imputado puede presentarse y justificar los motivos de su incomparecencia; y, iii) El "a quo" señaló audiencia para el 10 de marzo, no habiendo emitido aún el mandamiento de aprehensión, que si bien se puede verificar que el comportamiento del imputado es negligente, es también de conocimiento público el motivo que alega para la última suspensión, por lo que estaría justificada la misma a partir de un motivo de fuerza mayor lo que hace procedente en parte los fundamentos de la acción de libertad.