Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0863/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
II.1.
II.1. Adjuntando el testimonio de la escritura pública 1419/2004 de 1 de noviembre, de préstamo de dinero y constitución de garantía hipotecaria sobre un lote de terreno de 1.000.- m² disgregado de la superficie total de 228.526.- m², situado en el ex fundo Lipari, cantón Mecapaca, provincia Murillo del departamento de La Paz, inscrito en DD.RR. bajo la matrícula 2.01.2.01.0003277, Pedro Montecinos Gómez interpuso demanda coactiva civil contra Hugo Paucara Mamani, la misma que fue resulta mediante Sentencia de 13 de noviembre de 2006, dictada por el Juez Décimo de Instrucción en lo Civil, disponiendo el embargo del referido bien inmueble (fs. 1 a 5 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “procedente”
- i)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- ) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. En cuanto a las tercerías de dominio excluyente planteadas en ejecución de sentencia en procesos coactivos
- III.3. Análisis del caso de autos
- concedido
- R