Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2011-R
Fecha: 29-Jun-2011
i)
Con estos antecedentes, el accionante solicita: i) Se declare nula la Resolución 7/2009 de 9 de abril, emitida por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del distrito Judicial de Pando; y, ii) Se ordene a la Jueza de Instrucción Mixta de El Porvenir, cumpla con la devolución de obrados originales al Distrito Judicial de la Paz.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- no pueden ser impugnados a través de otro Recurso de Amparo Constitucional, sino que los mismos son revisados de oficio por el Tribunal Constitucional, conforme establece el art. 19-IV constitucional y 102-IV de la Ley N° 1836
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- Fragmento 15
- REVOCAR