Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1070/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
II.1.
II.1. El 21 de mayo de 2009, Pedro Alejandro Mackfarlane Minaya -accionante-, en su calidad de Gerente General de la empresa “TGT MULTISERVICE SRL” suscribió un contrato de prestación de servicios con Felipe Gonzalo Torrez Rodríguez, para la elaboración de un estudio de factibilidad para la implementación de transporte de carga (fs. 66 a 67).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3.
- a)
- i)
- “procedencia”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- 1)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3.El Juez cautelar como contralor de la investigación
- Consiguientemente, el hábeas corpus sólo se activa en los casos en que la supuesta lesión no sea reparada por los órganos competentes de la jurisdicción ordinaria
- III.4. Análisis del caso de autos
- concedido en parte
- REVOCAR