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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1072/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1072/2011-R

    Fecha: 16-Ago-2011

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    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ampliación de la acción
    • a)
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
    • Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía
    • indebidamente procesada
    • en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción;
    • siempre y cuando se presenten en forma concurrente los dos supuestos reconocidos por la jurisprudencia constitucional
    • III.3.1.
    • En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
    • III.3.2.
    • REVOCAR

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