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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1082/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1082/2011-R

    Fecha: 16-Ago-2011

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    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • “otorgó”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
    • III.1.1. Alcances de su tutela constitucional cuando se alega vulneración al debido proceso
    • a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
    • la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa; es decir, con su restricción, supresión o amenaza de estas lesiones y en el supuesto de evidenciarse absoluto estado de indefensión; caso contrario, la parte accionante deberá acudir a la instancia pertinente cuando se alegue vulneración al debido proceso
    • Fragmento 17
    • En caso de insolvencia del deudor, se librará mandamiento de apremio contra el obligado o representante legal de la empresa
    • III.2.1.1.
    • ordenar la tutela
    • REVOCAR

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