SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1106/2011-R
Fecha: 16-Ago-2011
es una supuesta falta de notificación con el señalamiento de la audiencia de apelación de medidas cautelares
Pues bien, de lo enunciado se evidencia con claridad, que lo que se cuestiona a través de la presente acción de libertad, es una supuesta falta de notificación con el señalamiento de la audiencia de apelación de medidas cautelares, por cuanto no hubiera sido ésta, de carácter personal; omisión, que conforme a la jurisprudencia emitida por este Tribunal, resulta no ser vulneratoria a los derechos a la defensa, ni libertad del representado del accionante; por cuanto, el señalamiento de audiencia para la consideración de la apelación de medidas cautelares no exige la notificación personal del imputado, al no estar prevista en el art. 163 del CPP; por lo que, la Sala Penal Primera ahora demandada, al haber dispuesto la notificación mediante cedulón dejado en el bufete del abogado, no ha cometido ningún acto ilegal, ni lesionado los derechos alegados por el representado del accionante; circunstancia que determina se deniegue la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad de la acción de libertad
- III.2. Sobre la no exigibilidad de notificación personal al imputado con el decreto de señalamiento de audiencia de apelación de medida cautelar
- En la especie, en ninguna de las disposiciones insertas en el Capítulo I, Titulo II del Libro Quinto del Código de Procedimiento Penal, relativo a las medidas cautelares de carácter personal, se ha impuesto que con el señalamiento de la audiencia de medidas cautelares en apelación se deberá notificar personalmente a las partes, de manera que la notificación en el tablero de la Sala que resuelva la apelación es legal y por lo mismo válida'
- III.3. Análisis del caso concreto
- es una supuesta falta de notificación con el señalamiento de la audiencia de apelación de medidas cautelares
- III.4.
- APROBAR