Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1127/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
I.3.Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
El art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, modificatorio del art. 4.I de Ley 003 de 13 de febrero de 2010, amplió las facultades otorgadas a este Tribunal, para resolver las acciones de defensa de derechos fundamentales, interpuestos desde el 7 de febrero del año 2009. Por lo que, mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2011 de 11 de enero, se procedió a la reanudación de la tramitación de causas; sorteada la presente el 28 de julio de 2011, se pronuncia Sentencia dentro de plazo.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3.Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El juez cautelar como contralor de la investigación
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Primer supuesto:
- III.3. Análisis del caso concreto
- Juez cautelar
- ordenar la tutela
- APROBAR