Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1147/2011-R
Fecha: 19-Ago-2011
II.1.
II.1. Según el contenido del memorial de la demanda y el informe de Jaqueline Rada Arana, Jueza Segunda de Partido de la Niñez y Adolescencia, se sustancia un proceso seguido a instancia del Ministerio Público contra la menor K.M.M.A., dentro del cual por Resolución de 29 de octubre de 2009, se dispuso su detención preventiva en el “Centro de Terapia de Mujeres”. Proceso que a la fecha de interposición de la acción se encontraba en fase de juicio oral (fs. 3 a 8 y 19).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, no es aplicable en el caso de menores de edad
- Fragmento 13
- y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado”
- Fragmento 15
- En ningún caso se podrá imponer esta medida por más de cuarenta y cinco días
- de acuerdo a la jurisprudencia constitucional mencionada en el Fundamento Jurídico III.1, la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, no es aplicable tratándose de menores de edad
- III.4. Sobre la legitimación pasiva y responsabilidad de los funcionarios subalternos del Poder Judicial
- que no se advierte que el Secretario-Abogado demandado, haya cometido alguna ilegalidad o hubiese tenido responsabilidad de ninguna naturaleza en las ilegalidades incurridas por la Jueza demandada.
- APROBAR en parte
- 1º CONCEDER