Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1218/2011-R
Fecha: 13-Sep-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica” al trabajo, a una remuneración justa, a ejercer el cargo para el que fue legalmente elegido y a participar libremente en la función pública, toda vez que en el proceso penal al que fue sometido, se dictó Sentencia absolutoria; no obstante, las autoridades demandadas rechazaron su solicitud de reincorporación a sus funciones de Concejal, argumentando que la mencionada Sentencia no adquirió ejecutoria. En revisión, corresponde analizar si los actos denunciados ameritan conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- i)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Normativa que rige la suspensión temporal y definitiva de Alcalde y Concejal Municipal, en caso de existir acusación formal en su contra.
- con el objeto de que pueda asumir su defensa
- Fragmento 17
- III.2. En cuanto a la restitución o reincorporación del Alcalde y Concejal Municipal en caso de sentencia absolutoria
- III.3. La garantía de presunción de inocencia, sentencia absolutoria y efectos de la absolución
- La vigencia del principio determina que un procesado no puede ser considerado ni tratado como culpable, menos como delincuente, mientras no exista una sentencia condenatoria que adquiera la calidad de cosa juzgada formal y material. Esto implica que únicamente la sentencia condenatoria firme es el instrumento idóneo capaz de vencer el estado de presunción de inocencia del procesado”
- III.4. La problemática planteada en el caso de autos
- concedido
- APROBAR