Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1238/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
Fragmento 16
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 244/2009 de 25 de agosto de 2009, cursante de fs. 185 a 189 vta., dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- : 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.El derecho al debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.3.Análisis de la problemática planteada
- por lo mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas’.
- Fragmento 16