SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1238/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
II.3.
II.3. El 16 de octubre de 2008, Héctor Sandoval Parada, Ministro demandado, decretó que con carácter previo a resolver la solicitud de inhibitoria planteada por el accionante, el Ministerio Público debía complementar el memorial de 1 de octubre de ese año, aclarando que determinación asumió durante la investigación respecto al peticionante (fs. 13), respondieron la Fiscalía General, emitió requerimiento acusatorio contra el ex Ministro Salvatierra, para que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia pueda viabilizar la autorización congresal, en virtud a que era el único denunciado que dentro de esa causa que gozaba de privilegio de juzgamiento. Asimismo hizo conocer que el ahora accionante se encuentra con acusación formal en la ciudad de Santa Cruz, y la audiencia de juicio oral se desarrollaría en el Tribunal Séptimo de dicho Distrito (fs. 21).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- : 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.El derecho al debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.3.Análisis de la problemática planteada
- por lo mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas’.
- Fragmento 16