SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1252/2011-R
Fecha: 16-Sep-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos y garantías constitucionales, toda vez que se tramitó un proceso penal en su contra por presuntos delitos relacionados al tráfico de sustancias controladas, sin que se le haya permitido ejercer su defensa técnica y sin notificar con los actuados procesales a su defensor de oficio asignado. Empero a momento de substanciar la audiencia de amparo constitucional, sin tomar en cuenta el memorial de demanda presentado, se exigió su presencia personal y al no evidenciarse su concurrencia a la audiencia se declaró la improcedencia de la acción. Corresponde en revisión, analizar si corresponde conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en razón a que el tribunal contaba con la demanda y pruebas presentadas por la recurrente, así como el informe y asistencia de la autoridad recurrida, elementos suficientes para formar convicción y resolver la acción tutelar interpuesta, no siendo imprescindible, menos que dé lugar a la suspensión de la audiencia de amparo la inasistencia de la parte recurrente.
- Fragmento 9
- la evidencia de vulneración de derechos y garantías fundamentales de la persona, y/o la expresa sanción de la Ley con la nulidad de determinados actos u omisiones, lo cual -de acuerdo a la jurisprudencia anotada- determina la improcedencia del presente amparo
- III.2. Análisis del caso concreto
- ANULAR