SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1374/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1374/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

Fragmento 16

         De la normativa precedentemente señalada y que es aplicable al caso de estudio, se reconoce como máxima autoridad de la SIB Cochabamba, a la Asamblea Departamental, compuesta por todos los ingenieros con residencia y registro en la misma Sociedad; por ello al existir un medio idóneo y eficaz, reconocido por la normativa que rige a esa Sociedad, todos los actos emitidos por el Directorio Departamental, ahora impugnados de ilegales a través de la acción de amparo constitucional, debieron ser reclamados ante esa instancia superior, a efecto de cumplir con el principio de subsidiariedad; puesto que si bien, efectuó el reclamo correspondiente ante el Presidente Nacional de la SIB; sin embargo, dicha instancia resulta no ser la idónea, evidenciándose ello cuando respecto a la solicitud de restitución de funciones efectuada por la accionante, dicha autoridad consideró no pertinente interferir “en un asunto interno entre una funcionaria y el SIB Cochabamba, dada la autonomía de gestión de las departamentales”, señalando igualmente que no sería la instancia competente para dirimir problemas de índole laboral.