Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1378/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.1.
II.1. Consta en el testimonio de inscripción de propiedad bajo la matrícula 7.01.1.06.0038194 de 7 de enero de 2003, donde Eliana Maritza Jordán Rojas como propietaria del lote de terreno de 1000m2 de superficie, ubicado en la manzana 12, lote 16, a la altura del Km 17 ½ carretera a la localidad de Cotoca, jurisdicción de la provincia Andrés Ibáñez del departamento de Santa Cruz, cede en venta real y transferencia de perpetua enajenación a favor de Edgar Robert Jordán Camacho (fs. 1 a 2 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional por la concurrencia de medidas de hecho
- encuentra la tutela contra acciones o medidas de hecho
- III.1.1.De las medidas de hecho y el avasallamiento o de despojo de la propiedad privada
- despojar o avasallar la propiedad privada mediante vías de hecho”
- del derecho a la propiedad privada por medidas de hecho
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- ordenar la tutela
- APROBAR