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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2011-R

    Fecha: 30-Sep-2011

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    • acción de amparo    constitucional
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ampliación de la acción
    • a)
    • concediendo
    • 1)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • i)
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • a)  Del supuesto despido ilegal del accionante del cargo de Auxiliar de la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia
    • excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento
    • y los funcionarios que se requiera de acuerdo con las necesidades del trabajo,
    • Auxiliares, Oficiales de Diligencias y de Notificaciones de los Órganos Nacionales
    • deberá haber cumplido satisfactoriamente los procesos de selección contemplados en las disposiciones normativas correspondientes
    • Fragmento 28
    • b)  De la supuesta transgresión al art. 122 de la CPE: Delimitación de los ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
    • de acuerdo a las reglas del principio de interpretación de unidad constitucional, dentro del ordenamiento jurídico-constitucional boliviano, el juez natural en su elemento competencia, para todos los supuestos descritos en los arts. 31 de la CPEabrg y 122 de la CPE, tiene un mecanismo idóneo, inmediato, eficaz y específico para su protección, que es precisamente el recurso directo de nulidad
    • c)  En relación a la vulneración de su derecho a la petición
    • III.3. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
    • conceder

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