SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1382/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

III.3. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia

Finalmente, en aplicación del art. 48.4 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), que otorga la facultad de dimensionar los efectos de las resoluciones constitucionales, como también en base al principio de previsibilidad, por cuanto el Tribunal de garantías concedió la tutela impetrada por el accionante; en mérito a una interpretación previsora a la que está sujeta la jurisdicción constitucional y en resguardo a la seguridad jurídica, corresponde disponer la subsistencia y validez de todos los actos que emergieron de la concesión de la tutela, máxime si desde la interposición de la acción amparo a la fecha, transcurrieron más de dos años, sin que el presente caso haya sido resuelto por razones no imputables a las partes, ni a este Tribunal.