Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1410/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.2.
II.2. Por informe del asignado al caso, Benjamín Burgoa Foronda el 29 de noviembre de 2009, hicieron conocer al Fiscal de Materia, que en el domicilio de los representados del accionante encontraron tres obras que fueron robadas de la iglesia de Laja; asimismo solicito a la autoridad jurisdiccional mediante requerimiento, que emita la orden de detención y el allanamiento de los domicilios (fs. 126 a 127).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- I.1.3.
- 1)
- a)
- "Procedente en parte"
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1 La imposibilidad de ingresar a la valoración de la prueba e interpretación de la legalidad ordinaria a través de la acción de libertad
- 2) La no valoración de la prueba:
- a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
- 3) La no interpretación de la legalidad ordinaria
- el demandante o accionante debe invocar y fundamentar cuáles fueron las infracciones a las reglas de la interpretación admitidas por el derecho
- III.2. La acción de libertad y la garantía del debido proceso
- a) El acto lesivo opere como causa directa para la supresión o restricción del derecho a la libertad física o personal, y, b) Exista absoluto estado de indefensión,
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR