SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1616/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1616/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.2.2. Informe de las personas demandadas

Mediante informe escrito de fs. 178 a 182, José Luis Castro Peñaranda, manifestó que: En la reunión del Comité Electoral de 25 de junio de 2012, ratificó su posición de no aprobación de la Convocatoria por entender que en ella se insertaron puntos excluyentes no compartidos por su persona, cuando debió incluirse únicamente los requisitos determinados en el Estatuto, por la que no participó en la reunión de 11 de julio del mismo año, tal cual consta del Acta Notarial elaborada por Notario de Fe Pública; entonces, al no existir acto lesivo por su parte, considera que el presupuesto de legitimación pasiva no alcanza a su persona, citando a dicho efecto jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional que considera vinculante.