Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1650/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante señala que se vulneró su derecho a la libertad, así como los derechos a la vida, e “integridad física y psicológica de su hija” (sic), toda vez que resulta ser madre de una niña lactante de dos meses de edad, y por lo mismo las autoridades demandas tenían la obligación de aplicar la segunda parte del art. 232 del CPP, “que prohíbe que las madres de un menor lactante puedan ser detenidas preventivamente” (sic); por consiguiente, corresponde analizar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y sí en el caso concreto las autoridades demandadas vulneraron los derechos denunciados.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concede
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la vida y a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- posnatal”
- Tratándose de mujeres embarazadas y de madres durante la lactancia de hijos menores de un año, la detención preventiva sólo procederá cuando no exista ninguna posibilidad de aplicar otra medida alternativa
- III.3. Sobre la procedencia de la cesación a la detención preventiva conforme al art. 239 inc. 1) del CPP
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Con referencia al
- III.4.2. Con referencia a los Vocales codemandados de la Sala Penal Primera
- REVOCAR