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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1747/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1747/2012

    Fecha: 01-Oct-2012

    II.6.

    II.6.    Asimismo se dirigieron el 24 de junio de 2010, Sacha Llorenty Solíz, entonces Ministro de Gobierno, solicitando su intervención y mediación en el conflicto, reiterándola el 28 de julio de 2010 (fs. 39 a 40 y 56) y con el mismo cometido se dirigieron la misma fecha al Ministro de la Presidencia (fs. 41 a 42).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.16.
    • II.17.
    • II.18.
    • II.19.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.
    • III.3.  Derecho al ejercicio de la función pública
    • Inasistencia injustificada por más de tres sesiones ordinarias continuas o seis discontinuas en el mes; y
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • III.5.1.   Otras consideraciones
    • CONFIRMAR

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