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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1759/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1759/2012

    Fecha: 01-Oct-2012

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    • acción de libertad
    • I.1.1.
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Intervención del Ministerio Público
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.1.
    • II.1.6.
    • II.1.7.
    • II.1.9.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • El informalismo, por la ausencia de requisitos formales en su presentación; la inmediatez, por la urgencia en la protección de los derechos que resguarda; la sumariedad, por el trámite caracterizado por su celeridad;
    • III.2.
    • Si impugnada la resolución la misma es confirmada en apelación; empero, en lugar de activar inmediatamente la acción libertad, decide voluntariamente, realizar una nueva petición ante la autoridad ordinaria, tendiente a un nuevo análisis y reconsideración de su situación jurídica, sea mediante una solicitud de modificación, sustitución, cesación de detención preventiva, etc., y la misma está en trámite, en esos casos, ya no es posible acudir a la jurisdicción constitucional impugnando la primera o anterior resolución judicial, donde se emitió el auto de vista, inclusive; por cuanto las partes de un proceso están impelidas de actuar con lealtad procesal
    • Fragmento 20
    • III.3.  El caso concreto
    • denegar
    • CONFIRMAR

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