SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1763/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1763/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Prestó servicios en la UDABOL de Oruro, desde marzo de 2001, como docente titular, posteriormente y mediante exámenes de competencia, fue incrementando su carga horaria laboral, hasta treinta y seis horas académicas semanales; mas tutorías, cada una con dos horas académicas semanales, que en la última gestión fueron cuatro, habiendo desempeñado nueve años de docencia ininterrumpida; posteriormente el 2009, con la carga horaria asignada al semestre II/2009, fue despedido de forma ilegal e injustificada.

Es así que, con el fin de hacer prevalecer sus derechos, solicitó reincorporación a su fuente laboral ante la Jefatura Departamental de Trabajo; entidad que emitió RA 011/2010 de 2 de marzo, en la que se instruyó la inmediata reincorporación del accionante a su fuente laboral, al mismo puesto que ocupaba al momento de despido, mas el pago de salarios devengados y derechos sociales, por despido injustificado; por lo que UDABOL de Oruro, interpuso Recurso Administrativo de Revocatoria, impugnando el mencionado fallo, emitiéndose RA 0177/2010 de 2 de marzo, confirmando en todas sus partes el fallo anterior; interponiendo la entidad ahora demandada, Recurso Jerárquico, elevándose antecedentes ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mismo que emitió la Resolución Ministerial (RM) 633/10 el 16 de agosto de 2010, confirmando la resolución impugnada.

Agotada la vía administrativa, la Jefatura Departamental de Trabajo, conminó a la UDABOL de Oruro, a reincorporar al ahora accionante sin resultado alguno; por lo que hizo referencia al parágrafo IV del artículo único del Decreto Supremo (DS) 495 de 1 de mayo de 2010, señalando que la entidad demandada no cumplió con lo resuelto por las autoridades administrativas.